El Ayuntamiento de Calvillo aprobó una serie de modificaciones urbanísticas, fusiones, subdivisiones y permutas de terrenos para concretar la donación de un predio a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), destinado a la construcción de una compañía de la Guardia Nacional con helipuerto.
De acuerdo con el acuerdo oficial publicado este 14 de septiembre en el Periódico Oficial del Estado, el proyecto responde a las solicitudes emitidas por la Coordinación Estatal de la Guardia Nacional, la cual determinó la viabilidad de la zona y estableció como requisito indispensable contar con una superficie mínima de 2.4 hectáreas, un frente de 120 metros y características técnicas específicas para garantizar la operatividad y habitabilidad del cuartel.
Para alcanzar las dimensiones solicitadas, el Cabildo autorizó un esquema de reordenamiento territorial que incluyó la fusión y subdivisión de terrenos propiedad del ciudadano José de Jesús Jiménez Ornelas, así como la permuta de bienes inmuebles de dominio público municipal.
Como parte del intercambio, el municipio entregó al particular dos fracciones de terreno de propiedad municipal: un área de donación ubicada en la avenida Roma (Bajío de Colomos) y una porción del lote 1 en el fraccionamiento Loma del Valle. A cambio, el Ayuntamiento recibió un predio colindante de 3,550.60 metros cuadrados para integrarlo al proyecto principal.
Tras consolidar una superficie resultante de 24,004.79 metros cuadrados, el pleno del Cabildo aprobó la desincorporación del dominio público y la donación gratuita y condicionada del terreno a favor de la Sedena.
El acuerdo establece candados legales estrictos: la donación obliga a la federación a concluir la construcción de las instalaciones antes de que finalice la actual administración municipal (2024-2027), el terreno deberá ser utilizado exclusivamente para el fin establecido sin derecho a transferirlo a terceros, y de incumplirse estas disposiciones, el municipio se reservará el derecho de revocar la propiedad.
Asimismo, el Ayuntamiento avaló exentar el cobro de derechos por alineamiento, fusión y subdivisión, absorbiendo además los gastos notariales y de escrituración correspondientes.