En sesión extraordinaria, el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Aguascalientes (IEE) aprobó modificaciones a los lineamientos para garantizar la paridad de género durante el próximo proceso electoral, luego de que el Tribunal Electoral del Estado de Aguascalientes dejara sin efectos los criterios aprobados previamente.
El esquema anterior establecía la obligación de postular mujeres en aquellos municipios que nunca habían sido gobernados por una mujer. Sin embargo, tras la resolución del Tribunal Electoral, el IEE determinó implementar un nuevo mecanismo basado en bloques de competitividad, tomando como referencia los resultados obtenidos por cada partido político en la elección municipal anterior.
De esta manera, los 11 Ayuntamientos de Aguascalientes serán distribuidos en cuatro bloques de acuerdo con el porcentaje de votación obtenido por cada partido, desde sus municipios con mayor competitividad hasta aquellos en los que registró los resultados más bajos.
La distribución y las obligaciones de postulación para cada bloque quedaron establecidas de la siguiente manera:
- Bloque 1: estará integrado por los dos Ayuntamientos donde cada partido obtuvo su mayor porcentaje de votación. En uno de ellos deberá postularse a una mujer.
- Bloque 2: estará conformado por los tres Ayuntamientos con los siguientes porcentajes de votación más altos. En dos de ellos deberán postularse mujeres.
- Bloque 3: comprenderá cuatro Ayuntamientos con los siguientes porcentajes de votación, en dos de los cuales deberá postularse a una mujer.
- Bloque 4: estará integrado por los dos Ayuntamientos donde cada partido obtuvo sus porcentajes de votación más bajos. En uno de ellos deberá postularse a una mujer.
De acuerdo con los resultados de la elección municipal pasada, los municipios que representan los mayores niveles de competitividad para cada partido político son los siguientes:
| PAN | PRI | PVEM | ||||||
| Bloque | Ayuntamiento | Votación | Bloque | Ayuntamiento | Votación | Bloque | Ayuntamiento | Votación |
| 1 | Jesús María | 56.81% | 1 | Tepezalá | 64.48% | 1 | Pabellón de Arteaga | 22.51% |
| Calvillo | 54.87% | San Francisco de los Romo | 34.31% | Calvillo | 3.74% | |||
| 2 | Aguascalientes | 53.26% | 2 | Cosío | 14.26% | 2 | Jesús María | 2.97% |
| Asientos | 45.13% | Pabellón de Artega | 7.80% | Aguascalientes | 2.32% | |||
| San José de Gracia | 42.11% | Jesús María | 7.29% | San Francisco de los Romo | 1.93% | |||
| 3 | Rincón de Romos | 33.20% | 3 | Aguascalientes | 5.46% | 3 | Rincón de Romos | 1.91% |
| Pabellón de Arteaga | 24.88% | Asientos | 5.07% | Tepezalá | 1.69% | |||
| El Llano | 22.09% | Calvillo | 4,12% | El Llano | 1.08% | |||
| Cosío | 20.08% | Rincón de Romos | 3.86% | San José de Gracia | 0.56% | |||
| 4 | San Francisco de los Romo | 13.76% | 4 | San José de Gracia | 2.92% | 4 | Asientos | 0.00% |
| Tepezalá | 11.53% | El Llano | 2.85% | Cosío | 0.00% | |||
| PT | MC | MORENA | ||||||
| Bloque | Ayuntamiento | Votación | Bloque | Ayuntamiento | Votación | Bloque | Ayuntamiento | Votación |
| 1 | El Llano | 31.89% | 1 | San José de Gracia | 39.10% | 1 | San Francisco de los Romo | 42.52% |
| Pabellón de Arteaga | 2.65% | Cosío | 21.06% | Rincón de Romos | 42.29% | |||
| 2 | Calvillo | 2.33% | 2 | Pabellón de Arteaga | 13.83% | 2 | El Llano | 39.47% |
| Asientos | 2.24% | Aguascalientes | 7.74% | Asientos | 33.56% | |||
| Rincón de Romos | 1.85% | Jesús María | 6.88% | Calvillo | 29.93% | |||
| 3 | San José de Gracia | 1.60% | 3 | San Francisco de los Romo | 4.54% | 3 | Aguascalientes | 27.13% |
| Aguascalientes | 1.51% | Rincón de Romos | 4.43% | Pabellón de Arteaga | 22.58% | |||
| San Francisco de los Romo | 1.49% | Asientos | 3.15% | Jesús María | 22.01% | |||
| Tepezalá | 1.39% | Tepezalá | 3.06% | Tepezalá | 15.55% | |||
| 4 | Jesús María | 1.36% | 4 | Calvillo | 2.71% | 4 | San José de Gracia | 7.84% |
| Cosío | 0.47% | El Llano | 0.98% | Cosío | 5.58% | |||
| PRD Aguascalientes | ||
| Bloque | Ayuntamiento | Votación |
| 1 | Asientos | 10.86% |
| San José de Gracia | 5.88% | |
| 2 | Pabellón de Arteaga | 5.76% |
| Jesús María | 2.66% | |
| Aguascalientes | 2.58% | |
| 3 | Calvillo | 2.30% |
| Tepezalá | 2.29% | |
| Rincón de Romos | 2.20% | |
| Cosío | 1.71% | |
| 4 | El Llano | 1.64% |
| San Francisco de los Romo | 1.46% | |
Cabe precisar que estos criterios no serán aplicables a los partidos políticos de nueva creación, debido a que, al no haber participado en el proceso electoral anterior, no es posible establecer un nivel de competitividad con base en sus resultados.
En estos casos, los nuevos partidos únicamente deberán cumplir con el principio de paridad mediante la postulación de seis mujeres para las 11 candidaturas a Ayuntamientos, pudiendo determinar libremente en cuáles municipios las postularán.
Morena amenaza con volver a impugnar estos criterios
Pese a que los nuevos lineamientos fueron establecidos a partir de reuniones y consensos previos con los propios partidos políticos, desde el Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) se mantiene la inconformidad con los criterios aprobados por el IEE.
Gilberto Carlos Ornelas, representante del partido ante el IEE advirtió que, al igual que ocurrió con los criterios relacionados con la deuda histórica, existe la posibilidad de que esta nueva disposición sea impugnada ante las instancias electorales correspondientes.
“Un órgano de dirección electoral no tiene causa propia, tiene funciones constitucionales y funciones legales, que es garantizar la ley y el ejercicio de la democracia, esto es, que todos los ciudadanos sean iguales, que los partidos puedan competir en igualdad de condiciones y no una causa exclusiva. No es la causa del empoderamiento masculino o femenino, sino garantizar el ejercicio de la democracia” argumentó.
Este argumento fue planteado pese a que, minutos antes, la consejera Hilda Hermosillo recordó que la obligación de garantizar la paridad de género en los procesos electorales está establecida en la fracción XXIX del artículo 75 del Código Electoral, además de estar respaldada por jurisprudencias de la Sala Superior, como la 9/2021, que reconocen facultades a los Organismos Públicos Locales Electorales (OPLE) para implementar medidas y acciones afirmativas que permitan garantizarla.
En este sentido, Hermosillo hizo un llamado a los partidos políticos a evitar politizar la discusión y atribuir al IEE un supuesto interés por beneficiar o perjudicar a alguna fuerza política mediante los criterios aprobados.
“Hoy entregamos una medida más cómoda para el sistema político. Les invito respetuosamente a expresar con claridad a la ciudadanía que sus mejores cartas para los municipios no fueron precisamente mujeres en esta ocasión, que ya existían acuerdos con hombres porque eso es parte de la política, no hay que espantarnos, pero que no se descalifique a la autoridad electoral diciendo que estamos atendiendo instrucciones de tal o cual” subrayó.
A partir de la aprobación de estos nuevos lineamientos, Morena cuenta con un plazo de cuatro días hábiles para impugnarlos, en caso de considerar pertinente recurrir nuevamente ante las instancias electorales correspondientes.