El rector de la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo (UAEH), Adolfo Pontigo Loyola, sostuvo que la casa de estudios no mantiene adeudo con la Comisión de Agua y Alcantarillado de Sistemas Intermunicipales (Caasim).
“Si hubiese algún adeudo, se tendría que mostrar el recibo; nosotros no tenemos ningún adeudo con Caasim”, afirmó tras conferencia de prensa en el Centro de Extensión Universitaria (Ceuni).
Señaló que el instituto de educación superior se encuentra exenta de pagar el servicio, con base en un decreto aprobado por el Congreso local en 2015, recordó.
“Existe una Ley Orgánica que exime a la institución del pago de ciertos servicios; nosotros no la validamos. Toda normatividad aplicable en el estado y en el país tiene que pasar por un proceso de positivización ante el Congreso de la Unión o el Congreso local”, mencionó el titular de la UAEH.
Anteriormente, el director general del organismo, José Sanjuanero, dijo que éste gestionaba con la universidad la instalación de medidores.
De acuerdo con la comisión, hasta marzo pasado, el saldo pendiente por el suministro de agua a la casa de estudios era de 169 millones 616 mil 615 pesos, según la solicitud de información 00000717.
Por otra parte, respecto de la iniciativa aprobada por el Congreso el jueves pasado, que incorpora un órgano interno de control a la UAEH, cuyo titular será designado por los diputados, Pontigo dijo no entender “lo que está sucediendo”, pues la universidad ha aprobado las auditorías a las que ha sido sujeta.
“Lo que opino es lo que decía nuestro ejemplo de conducta y normatividad que fue Benito Pablo Juárez García: el respeto al derecho ajeno es la paz”.
CAASIM BUSCA NEGOCIAR PAGO
La UAEH, al igual que cualquier otra institución pública, está obligada a pagar por el consumo de agua potable que se genere en sus instalaciones, respondió Caasim, y afirmó que se encuentra abierta a negociar un convenio con la casa de estudios.

Lo anterior, “con base en la reciente interpretación (abril,2010) que realiza la Suprema Corte de Justicia a la fracción IV del artículo 115 constitucional, de la cual se infiere que los servicios públicos de agua potable no están comprendidos en la exención del pago, que por regla general amerita una contraprestación”, subrayó el organismo operador de agua.