En 13 años y medio, el Instituto Nacional Electoral (INE) dio de baja a 183 mil 068 ciudadanos del Padrón Electoral de Hidalgo por defunción o suspensión de sus derechos políticos, es decir, a consecuencia de una resolución judicial por cometer algún delito.
De acuerdo con información de la dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores (RFE), del 7 de julio de 2003 al 2 de diciembre de este año, ha dado de baja del padrón a 159 mil 127 hidalguenses por fallecimiento, mientras, 23 mil 941 personas por suspensión de sus derechos políticos.
De los siete distritos electorales que tiene Hidalgo, es el de Ixmiquilpan (integrado por 15 municipios) donde el INE ha dado de baja del padrón a más personas en Hidalgo, pues, de acuerdo con el reporte suman 25 mil 820 personas fallecidas.
Le sigue el distrito electoral federal con cabecera en Actopan, integrado por 17 municipios, con 25 mil 510 bajas por fallecimiento; Tula de Allende, con 23 mil 798; Tepeapulco, 23 mil 250; Huejutla de Reyes, 21 mil 569; Tulancingo de Bravo, 19 mil 603, y, el distrito de Pachuca, 19 mil 577 bajas del padrón por fallecimientos.
Ya no están
Las bajas por defunción se emiten a través del Registro Civil, a través del Programa de Bajas por Defunción, con el que se excluyen de los instrumentos electorales los registros de ciudadanos que fueron notificados como fallecidos.
En cuanto a las bajas por suspensión de derechos políticos durante los 13 años y medio, el INE suprimió en el distrito electoral federal con cabecera en Pachuca, capital de Hidalgo, esta garantía a 5 mil 284 personas.
En el distrito de Tula de Allende, la suspensión del derecho fue contra 4 mil 426 personas; Actopan, 3 mil 516; Tulancingo de Bravo, 3 mil 281; Tepeapulco, 3 mil 133; Ixmiquilpan, 2 mil 202, y, en Huejutla, a 2 mil 099 personas.
Garantías
Estas bajas son con el propósito de garantizar que en el Padrón Electoral sólo se encuentren asentados los registros de los ciudadanos mexicanos que cumplan con los requisitos establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LEGIPE).
Es el artículo 38 constitucional en el que se establecen las causales por las que se suspenden los derechos de los ciudadanos; mientras, en el numeral 54 de la LEGIPE se otorgan las atribuciones de revisar y actualizar el Padrón Electoral.
A nivel nacional, en el periodo señalado anteriormente, el INE ha dado de baja del Padrón Electoral a 7 millones 610 mil 038 personas por defunción y pérdida de sus derechos políticos.