Tribunal frena regla del IEE que reservaba seis presidencias municipales para mujeres

El Tribunal Electoral del Estado de Aguascalientes (TEEA) revocó el acuerdo del Instituto Estatal Electoral (IEE) que obligaba a los partidos políticos a postular exclusivamente mujeres en seis municipios durante el proceso electoral de 2027, al considerar que la autoridad administrativa excedió sus facultades al emitir dicha medida.

La resolución fue aprobada durante la sesión pública en la que el Tribunal analizó 10 medios de impugnación promovidos por seis partidos políticos, dos presidentes municipales, un ciudadano y un grupo de ciudadanos, quienes cuestionaron el criterio de “deuda histórica” aprobado por el IEE para garantizar el acceso de las mujeres a las presidencias municipales.

De haberse mantenido vigente el acuerdo, los partidos únicamente habrían podido postular candidatas en los municipios de:

  • Asientos
  • Calvillo
  • Cosío
  • El Llano
  • Jesús María
  • Rincón de Romos

Al presentar el proyecto de sentencia, la magistrada presidenta del TEEA, Laura Hortencia Llamas Hernández, sostuvo que el Instituto Estatal Electoral rebasó el alcance de su facultad reglamentaria, al no acreditar que la medida fuera necesaria, proporcional y compatible con el resto de los principios constitucionales que rigen el sistema electoral.

“La medida controvertida fue emitida excediendo el ámbito de la facultad reglamentaria del Instituto Estatal Electoral (IEE). Ello obedece a que no se justifica suficientemente que la medida sea necesaria e indispensable en los términos en que fue diseñada, ni se logra armonizar adecuadamente el principio de paridad con otros derechos y principios constitucionales que también integran el sistema electoral” argumentó.

Asimismo, la sentencia sostiene que el acuerdo del IEE también afectaba otros derechos político-electorales y principios del sistema democrático, entre ellos la autodeterminación de los partidos políticos, el derecho a la elección consecutiva y la posibilidad de contender por la vía independiente sin establecer restricciones basadas en el género.

No obstante, la magistrada presidenta enfatizó que la resolución no implica un retroceso en la protección de los derechos políticos de las mujeres, sino que busca garantizar que las acciones afirmativas se implementen dentro del marco constitucional.

“Esta propuesta no representa un retroceso en la protección de los derechos político-electorales de las mujeres, ni cuestiona la necesidad de seguir impulsando acciones afirmativas para alcanzar una igualdad sustantiva. Por el contrario, parte del conocimiento de que la paridad de género tanto en su vertiente cuantitativa como cualitativa, constituye un mandato constitucional que todas las autoridades electorales estamos obligadas a garantizar” precisó.

Finalmente, el tribunal ordenó al Consejo General del IEE que realice un nuevo análisis para establecer una medida afirmativa proporcional y pertinente, con parámetros objetivos para cumplir con la paridad de género en el proceso electoral concurrente 2026 – 2027, a efecto de que las mujeres contiendan en condiciones reales de competitividad.