La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación desechó elproyecto que declaraba inconstitucionales dos puntos del código penal federal que sancionan hasta con cinco años de cárcel a las mujeres que abortan voluntariamente.
El máximo tribunal de justicia del país rechazó este miércoles por tres votos contra uno, y la ausencia de un magistrado el amparo promovido por Margarita Pino, que en 2013, con 41 años y ante un embarazo que amenazaba su salud, solicitó se le practicara un aborto en una clínica del Instituto de Seguridad de Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), el cual le fue negado.
El proyecto, elaborado por el ministro Arturo Zaldívar, proponía principalmente que a las causales de aborto en el código penal federal se les añada el riesgo a la salud de la mujer y que se contemplen sanciones diferenciadas al momento de ser perseguido.
“En el caso de Margarita hubo violaciones a sus derechos humanos, a su derecho a la salud, a la atención médica, a la no discriminación, a la libre personalidad”, comentó el abogado Alex Alí Méndez, abogado de Pino.
El recurso reclama que el ISSSTE reembolse a Pino el costo del aborto que tuvo que practicarse en una clínica privada de Ciudad de México, donde tras una reforma al código penal local de 2007 el aborto no es sancionado antes de las 12 semanas de embarazo.
Sin embargo, la mayoría de los ministros rechazaron el proyecto al considerar que el amparo no es la vía para garantizar los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres cuando se les niega la interrupción del embarazo.
Ahora uno de los cinco ministros que conforman la primera sala deberá elaborar un nuevo proyecto,el cual podrá proponer desechar el amparo promovido por considerarlo improcedente, o estudiar los argumentos de fondo desde una perspectiva distinta a de Zaldívar.
Las clínicas privadas y servicios de salud de la capital realizan abortos, lo que no ocurre en instituciones federales que atienden al grueso de la población, como el ISSSTE y que se rigen por el código federal.
En 2008, el pleno de la Suprema Corte por ocho votos contra tres declaró constitucional la reforma en la capital que había sido impugnada por la fiscalía general.
En contraste, en otros estados han endurecido las sanciones con casos de mujeres encarceladas por abortar.