Con 24 votos a favor, el Congreso de Aguascalientes aprobó una reforma al artículo 38 Bis del Código Penal, con la que se busca endurecer las sanciones en casos de reincidencia delictiva y ampliar los supuestos en los que esta puede aplicarse.
La iniciativa fue presentada por las y los diputados Genny López Valenzuela, Ana Gómez, Yaszú Muñoz, Rodrigo González Mireles, José Trinidad Romo, así como la entonces legisladora Aurora Vanegas, bajo el argumento de fortalecer la política criminal del estado frente a quienes cometen delitos de manera reiterada.
De acuerdo con la exposición de motivos, la reforma parte de la necesidad de atender a personas que, pese a haber sido sancionadas previamente, vuelven a delinquir, lo que evidencia, según se plantea, limitaciones en las medidas actuales para inhibir estas conductas.
Antes de la reforma, cuando alguien reincidía, el juez solo podía aumentar la pena tomando como base el mínimo que marca el delito. Con la reforma, ya no solo se mueve el mínimo, sino toda la pena (mínimo y máximo).
“Al reincidente se le aplicará la sanción que corresponda por el último delito cometido, la que podrá aumentarse hasta en dos terceras partes de sus mínimos y máximos de la pena de prisión…”
Además, el dictamen establece que se considerará reincidencia cuando una persona “cometa un nuevo delito después de haber sido condenada mediante sentencia ejecutoriada por otro delito”; es decir, cuando, tras haber sido sentenciada previamente, incurra nuevamente en una conducta delictiva, ya sea por el mismo delito o distinto.