Durante 2016, la Secretaría de Salud de Hidalgo (SSH) ha sido sujeta a cuatro recomendaciones en materia de derechos humanos, así como una general, todas por negligencia médica que culminaron en el fallecimiento de pacientes.
La más reciente, la R-VG-0018-16, emitida por la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo (CDHEH), relata cuando Lilia ingresó con un dolor abdominal al Hospital General de Pachuca el 3 de diciembre de 2015: tenía cálculos biliares que le ocasionaron una infección. La atención tardía que recibió en el nosocomio capitalino ocasionó su muerte cerebral y después el deceso.
De acuerdo con el expediente, el organismo calificó la atención del personal como “tardío, inadecuado e ineficaz”, además de que no se realizó un expediente adecuado sobre el caso, ya que varios reportes médicos carece de horarios y firmas de médicos, lo que viola la NOM-004-SSA3-2012 “del Expediente Clínico”, que hace mención de la correcta integración.
La mujer de 20 años padecía coledocolitiasis; es decir, tenía cálculos en los conductos biliares que le ocasionaron obstrucción, inflamación e infección. Con ese padecimiento arribó el 3 de diciembre pasado al hospital, donde tras 26 días de tratamiento inadecuado sufrió muerte cerebral y dejó de respirar el 29 de diciembre del 2015.
Un dictamen de la Comisión de Arbitraje Médico resolvió que la atención brindada a la paciente en el Hospital General de Pachuca fue un “diagnóstico deficiente”, así como un manejo inadecuado de la situación.
El personal médico no aplicó el tratamiento indicado (debió drenar la vía biliar), aunado a una atención tardía, cinco días después de su ingreso cuando. La CDHEH señaló que el caso se debió atender en un lapso de 72 horas. Según el expediente, los responsables no justificaron la razón de su tardanza.
Por tanto, Arbitraje Médico resolvió que la muerte de Lilia fue consecuencia de la negligencia del personal del centro médico.
“Se advierte que la atención médica brindada en el Hospital General de Pachuca de Soto fue inadecuada e ineficiente, toda vez que los médicos responsables no diagnosticaron de manera oportuna su padecimiento, sin aplicar las medidas tendentes a mejorar su salud, lo que terminó provocando su muerte el 29 de diciembre de 2015, declarando su fallecimiento a las 16:45 horas”, consta en la recomendación R-VG-0018-16.
Según el certificado de defunción, a causa de la enfermedad el cerebro de la paciente se hinchó, condición en la que duró siete días. La infección severa la mantuvo durante 21 días.
Esta situación, advierte el organismo público en el expediente, pudo prevenirse, pero se violó el derecho de protección a la salud y la consecuencia fue la muerte.
Por este caso, la CDHEH recomendó a la SSH iniciar un procedimiento legal contra los servidores públicos responsables e imponer las sanciones que correspondan; asimismo, pidió a la dependencia verificar que el personal médico adscrito al Hospital General cumpla con la Norma Oficial Mexicana, repare el daño y capacite a los trabajadores del Sector Salud.
Además de la recomendación R-VG-0018-19, Salud ha sido sujeta la R-VG-0005-16, la R-VG-0006-16 y la R-TD-0016-16, así como de la general RG-VG-001-16.
¿ERRORES?
…El pasado 19 de octubre, el organismorealizó una recomendación dirigida a Marco Antonio Escamilla Acosta, titular de la SSH, por el fallecimiento de una mujer en marzo de 2015, quien tras el nacimiento de su hijo en el Hospital Integral Otomí-Tepehua, en San Bartolo Tutotepec, presentó una hemorragia que pudo ser atendida, pero derivó en una muerte materna al carecer la clínica de recursos humanos y materiales.