Ordena TEPJF sanción a Lorena por colocar propaganda en equipamiento urbano

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó dos sentencias de la Sala Administrativa y Electoral de Aguascalientes (SAE) y le ordenó sancionar a Lorena Martínez y la coaliciónAguascalientes grande y para todos por la colocación de propaganda en mobiliario urbano.

De acuerdo con la sentencia, la SAE deberá dictar “en el ámbito de sus atribuciones, una nueva resolución en la que tenga por acreditada la responsabilidad de la denunciada Lorena Martínez Rodríguez (…), considerando el contexto en el que se presentó la falta y las circunstancias de tiempo modo y lugar”. La Sala local deberá, además, valorar “documentos legibles” aportados como pruebas auxiliares de la infracción.

Los magistrados también ordenaron sancionar a la coalición por la omitisión de “vigilar que las actividades de tal candidata se realizaran en los cauces permitidos por la ley”.

Originalmente, el Partido Acción Nacional (PAN) denunció la colocación de un espectacular de campaña en el puente ferroviario de Av. Siglo XXI, metros adelante del cruce con Julio Díaz Torre, cerca de Ciudad Industrial.

La SAE había determinado que la infracción no había sido acreditada, pero la Sala Superior estimó lo contrario.

“Indebidamente (la SAE) señaló que no se acreditó que la propaganda denunciada obstaculizara la visibilidad de algún señalamiento que permita a las personas transitar u orientarse dentro de la ciudad, con independencia de que en el lugar exista o no un lugar específico para colocación de propaganda (…) Si en el caso no existe un espacio diseñado o ampliado ordinariamente para la colocación de elementos publicitarios o propagandísticos, es claro que la conducta denunciada (…) contraviene la prohibición contenida en el artículo 163 fracciones I y IV del Código Electoral, motivo por el cual debe ser sancionada”, determinó el TEPJF.