Operativo alcoholímetro y derechos humanos
¿Hasta dónde puede la autoridad forzarte a realizar una
prueba de alcoholemia? La Comisión Estatal de Derechos Humanos de
Aguascalientes, en su portal de internet, publica los derechos que se tienen al
ser detenidos por un operativo de alcoholímetro.
1.
Debes estacionar tu vehículo en un lugar seguro
2.
No debes bajarte del vehículo a menos que el
vehículo sea asegurado por la autoridad municipal
3.
Si se presume que estás en estado de ebriedad,
la autoridad te solicitará que de manera voluntaria realices la prueba de
alcoholemia
4.
Si en la prueba se determina una cantidad de
alcohol superior a 0.4 miligramos por litro de aire respirado, tienes derecho a
que te realicen otra prueba 15 minutos después de la primer toma
5.
El integrante del operativo deberá entregarte
una copia de la prueba inmediatamente después de la aplicación
6.
Si sobrepasas el límite permitido después de las
dos pruebas, se te impedirá seguir conduciendo y se te remitirá ante el juez
calificador
7.
Tienes derecho a solicitar una prueba de sangre
para detectar la cantidad de alcohol en tu cuerpo con un límite permitido de
0.8 gramos por litro de sangre
8.
La prueba de sangre la debe realizar el médico
de guardia autorizado por la dirección de justicia municipal máximo 30 minutos
después de la última prueba de aliento realizada
9.
El vehículo será trasladado a la pensión
municipal, siempre y cuando no haya alguien sobrio que pueda conducirlo
10.Si
éste es el caso, el integrante del operativo debe constatar que el nuevo
conductor tenga licencia vigente y no esté bajo los efectos de ninguna droga
11.Una
vez remitido el conductor, si se encuentra en estado de ebriedad, el juez
calificador determinará la sanción y el infractor será trasladado a un lugar
para su observación en donde se esperará que baje la embriaguez para concederle
su derecho de audiencia
POR NINGUN MOTIVO PODRAN TOMARTE FOTOGRAFIAS NI AL APLICARSE EL EXAMEN NI, SI ES EL CASO, SE TE DETIENE POR CONDUCIR ALCOHOLIZADO