El Gobierno del Distrito Federal propondrá a la Comisión Ambiental de la Megalópolis modificar los criterios del Hoy No Circula, para que los hologramas se otorguen de acuerdo con las emisiones de gases contaminantes y no con el modelo del vehículo.
Esto, luego de que la Segunda Sala de la SCJN resolvió que sí procede la suspensión de la verificación vehicular para obtener el holograma de acuerdo al año de fabricación del vehículo, pues se debe entregar de acuerdo al nivel de contaminantes y no según el año del automotor.
De ser aprobada la propuesta, ese criterio se aplicará no sólo en el Distrito Federal, sino también en las entidades que forman parte de la comisión que son los estados de México, Hidalgo, Puebla y Tlaxcala.
El funcionario explicó que la Suprema Corte resolvió que en el momento en que se presentara el vehículo automotor con base en las emisiones contaminantes podría acceder a las calcomanía “2”, “1” o “0”, por lo que prevaleció el criterio que de acuerdo con las emisiones de gases se conceda la calcomanía correspondiente.
Amieva Gálvez subrayó que para evitar una “lluvia de amparos” se determinó acudir este viernes a la Comisión Ambiental de la Megalópolis, a fin de que la administración local de manera voluntaria acepte la aplicación de ese criterio.
Asimismo, se informará a los centros de verificación que en el momento en que se presente un vehículo automotor se le conceda la calcomanía que corresponda de acuerdo con las emisiones de gases y no la antigüedad del vehículo.
Como el programa no sólo es de carácter local, pues también se aplica en otras entidades federativas, se recurrirá a la comisión a fin de que la propuesta sea sometida a su consideración y pueda tener vigencia en los estados mencionados.
Aclaró que esa medida no interfiere en los días de descanso de los vehículos, de acuerdo con el color del holograma que tienen.
La resolución de la SCJN
La instancia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió este jueves la contradicción de tesis 88/2015, para definir si es posible que los jueces de distrito concedan la suspensión del acto reclamado.
Aclaró que ello no significa que la suspensión permitirá que el ciudadano obtenga automáticamente el holograma “0” u otro, y sólo implica que si cumple con las especificaciones de los niveles de emisión para obtener determinado holograma, el año de su vehículo no será impedimento para que se le asigne.
La Primera Sala subrayó que en este caso se reclama que el año del vehículo limita la obtención de determinado holograma del Programa de Verificación Vehicular Obligatoria en el Distrito Federal, lo que viola el derecho fundamental de igualdad previsto en el Artículo Primero de la Constitución.
Según el quejoso, la medida instaura “un criterio de distinción no justificable respecto a personas que están en idénticas condiciones”, y la Primera Sala determinó que sí es posible otorgar la suspensión pues no afecta el interés social ni contraviene disposiciones de orden público.