Feminicidas tendrán hasta 60 años de prisión

Con 60 años de prisión podrían ser castigados los feminicidas en
Puebla, de acuerdo a la reforma al Código Penal del estado que este
lunes avaló “sin titubeos” la comisión de Procuración y Administración
de Justicia del Congreso. 

El panista Víctor León Castañeda
explicó que la iniciativa aprobada establece que las sanciones para
quienes cometan dicho delito partirán desde los 40 años hasta los 60
años de cárcel, y multas de 500 a mil días de salario mínimo.Dijo
que con la adecuación al Código Penal del estado en el Capítulo XV
denominado Delitos contra la Vida y la Integridad Corporal, buscan
erradicar este delito en la entidad, al endurecer las sanciones contra
los sujetos.
“Son sanciones elevadas pero no tuvimos ningún
titubeo en aprobar los términos. Finalmente estamos contribuyendo a un
paso importante para que este tipo de conductas delictivas no se cometan
en el estado de Puebla”.
Cabe recordar que en la pasada
legislatura se hizo una reforma en la materia, que establecía que las
sanciones a quienes cometieran este delito oscilarían entre los 30 y 50
años de prisión.
Entre las causales para considerar que en el
estado de Puebla se cometió feminicidio se encuentran que el sujeto
activo lo cometa por odio o aversión a las mujeres, y por celos extremos
respecto a la víctima.
Cuando existan datos que establezcan
en la víctima lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o
posteriores a la privación de la vida, violencia sexual, actos de
necrofilia, tormentos o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
También
cuando existan antecedentes o datos de violencia en el ámbito familiar,
laboral, escolar o cualquier otro del sujeto activo en contra de la
víctima.
Que haya antecedentes de violencia en una relación de
matrimonio, concubinato, amasiato o noviazgo entre el sujeto activo y
la víctima; o datos que establezcan que hubo amenazas relacionadas con
el hecho delictuoso, acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la
víctima.
Además, que la víctima haya sido incomunicada,
cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida o que el
cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido en un lugar público.